PERIODISTA MATRICULADO

Luego de algunos tramites me matriculé como periodista. Es sencillo y útil. Los requisitos para obtener la matrícula nacional de periodista o su renovación (se vence en 2 años) son:

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Solicitud de inscripción (Ley Nº 12.908).
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Certificación de la Dirección nacional de Reincidicencia y Estadística Criminal y Carcelaria (Cuesta $5,70).

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Si el solicitante trabaja en relación de dependencia:
a) Certificación extendida por el empleador, en formularios: P.S.6.2. de Anses y 6540 M.T. con los que se acrediten dos años de trabajo en funciones periodísticas.
b) La firma del empleador deberá estar certificada por alguna de las autoridades indicadas en los mismos formularios.

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Si el solicitante trabaja en forma independiente:
a) Deberá acreditarlo mediante certificación extendida por un Contador, certificando la firma de éste el correspondiente Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
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Deberá acreditar pago de aportes previsionales como trabajador autónomo y llevar dos fotografías de frente, para credencial.

Los formularios correspondientes se retiran en Av. Callao 114, 2 º Piso; de lunes a viernes en el horario de 13.00 a 18.00.
Para mayor información o aclaraciones, se ruega comunicarse con la Lic. María Esther Landoni al teléfono: (011) 4370 – 4149.

5 Comentarios:

La Chilampa dijo...

No hace falta estar matriculado para trabajar de periodista che...el estatuto dice que sos periodista con recibir retribución pecuniaria...que beneficios te trae?

Fernando Candeias dijo...

No, Ramón. Yo no dije que hay que estar matriculado para trabajar de periodista. El estatuto lo dice tal como vos lo mencionas. Si recibis retribución pecuniaria sos periodista.

Los beneficios son, según el Art. 13:

A) Derecho al libre tránsito por la vía pública cuando acontecimientos de excepción impidan el ejercicio de este derecho.
B) El acceso libre a toda fuente de información, de interés público.
C) Al acceso libre a las estaciones ferroviarias, aeródromos, puertos marítimos y fluviales y cualquier dependencia del Estado, ya sea nacional, provincial o municipal. Esta facultad sólo podrá usarse para el ejercicio de la profesión.

Según el Art. 14 (Ley 23.300):
El carnet profesional acreditará la identidad del periodista a los efectos de la obtención, cuando proceda, de la rebaja de las tarifas acordadas al periodismo en el transporte, en las comunicaciones a través de diversos medios y, en general, para la transmisión de noticias. Además, las empresas dependientes del Estado, o aquellas en las que éste participe financieramente y que tengan a su cargo servicios de transportes marítimos, terrestres y aéreos efectuarán la rebaja del 50% de sus tarifas comunes, ante la presentación del carnet profesional, cuando procede.

Anónimo dijo...

si estan en un medio que no es pago o que no estuviste registrado por anses en negro podes pedir el carnet como aspirante

Virginia Mileto dijo...

Qué bueno Fer...no lo sabía. Gracias!

Anónimo dijo...

Hola Fer.

Si yo tengo un página web de noticias (la página es mia y las noticias las escribo yo) pero no tengo ingresos, lo hago por pasión (soy empleado en otra empresa pero nada que ver con el periodismo) también puedo tramitar la matricula?

Saludos!